

¿Qué tipos de bono de vivienda existen?

El bono ordinario, se asigna a las familias que se ubican por debajo del primer estrato; actualmente es de ¢305.210, cuando este es superado, el monto será proporcional a los ingresos familiares del núcleo.
Sus propósitos son:
Compra de vivienda existente o nueva, Compra de lote y construcción, Construcción en lote propio
Ventajas:
• Permite que las familias hasta el sexto estrato salarial participen para el bono.
• Puede gestionar la cancelación de gravamen y bono para construir o hacer reparaciones.
• Reparación, ampliación, mejoras y terminación.

Dirigido a las familias que se ubican a partir del estrato salarial uno y medio, que actualmente es de ¢457.815.
Sus propósitos son:
• Reparación, ampliación, mejoras y terminación.
• Compra de vivienda existente, Compra de lote y construcción, Construcción en lote propio.
Ventajas:
• Viviendas con mejores acabados.
• Tiempo de aprobación menor que un bono ordinario
• Excelente tasa de interés
• Entre el bono y crédito se financia el 100% de la solución, y si la garantía lo permite se pueden incluir los gastos de formalización.
• Cancelación de hipoteca y construcción.


Este bono tiene como objetivo prolongar o restituir la vida útil de las viviendas y facilitar a las familias una mejor calidad de vida. Pueden optar las familias cuyas viviendas requieren la sustitución parcial o total de componentes constructivos por razones de seguridad, salubridad y/o hacinamiento.
Ventajas:
• Alargar la vida útil de la vivienda.
• Si los ingresos de la familia son menores a un salario mínimo se le otorga el monto del bono total.
• Se adecua la vivienda según la necesidad de la persona adulta mayor o con discapacidad para mejorarles la calidad de vida.

Califican para este programa aquellas personas o parejas de 65 años o más que no cuentan con más familiares en su núcleo familiar.
Los adultos mayores ya sean solos o en pareja deben reunir las condiciones físicas y mentales para habitar una vivienda.
Ventajas:
• En los casos donde el bono no logra cubrir el valor de la solución (casa y lote), y los ingresos no superen el salario y medio, puede postularse el caso al amparo del artículo 59 y recibir un bono con un monto aproximado de ¢18.000.000.
• Se les construye una vivienda que se adecúe a las necesidades de la persona adulta mayor


La Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda establece como un derecho de las familias que tienen entre sus miembros una o más personas con impedimento físico total y permanente, a recibir un bono familiar y medio con el fin de adquirir una vivienda con las adaptaciones constructivas y de ubicación requerida por la persona con discapacidad
Ventajas:
• La vivienda contará con las adecuaciones especiales para que mejoren la calidad de vida de la persona con discapacidad.
• En los casos donde el bono no logra cubrir el valor de la solución (casa y lote), y los ingresos no superen el salario y medio, puede postularse el caso al amparo del artículo 59 y recibir un bono con un monto aproximado de ¢18.000.000.

Este bono fue creado con el fin de facilitar a aquellas familias sin terreno propio, la oportunidad de construir su vivienda compartiendo una propiedad con otra familia, siempre y cuando ambas estén unidas por la relación de consanguinidad, afinidad o parentesco colateral hasta de tercer grado inclusive.
Se tramitan en propiedades que no tengan posibilidad de segregación pero que la municipalidad si les otorga permisos de construcción.
Se adiciona a este programa la posibilidad de construcciones en horizontal (comúnmente llamado bono patio), máximo de dos edificaciones por lote y para lo cual deben contar con un callejón de acceso. Se contempla hasta tercer grado de consanguinidad.
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Sus propósitos son:
Construcción de una edificación de dos plantas o pisos, Construcción de una segunda planta o piso sobre una edificación ya existente, Compra de edificación existente, de uno o de los dos pisos.
Ventajas:
• Maximizar el uso del terreno, ya sea al construir sobre la vivienda existente, o bien realizar el trámite para construir en horizontal.
• En los casos de compra de lote y construcción, el precio se distribuye entre los dos núcleos postulantes.


El programa fue creado con el fin de atender a las familias que viven en extrema pobreza, erradicación de tugurios y asentamientos en precarios, atención de emergencias declaradas y solicitud de segundo bono otorgar cuando una familia que ya recibió el subsidio habitacional ha perdido la vivienda, parcial o totalmente, a causa de “catástrofes naturales o producidas por siniestros, caso fortuito o fuerza mayor.
En los casos de extrema pobreza el salario no puede sobrepasar el salario y medio, que actualmente es de ¢457.815.
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Ventajas:
• Se atiende a familias en condición vulnerable, y generalmente en pobreza extrema.
• El monto de la solución es superior al bono ordinario.
• Posibilidad de recibir el segundo bono en los casos de algún siniestro.
Charla Solicitud Bono de Vivienda
Para iniciar el proceso de solicitud de bono de vivienda es indispensable recibir la charla de bono, le invitamos a ver este video.
Preguntas Frecuentes
1. ¿Quién puede optar por un bono de vivienda?
Pueden optar por un bono de vivienda quienes cumplan mínimo con las siguientes características:
• No haber recibido bono.
• Conformar un núcleo familiar.
• No poseer bienes inmuebles, a excepción de construcción en lote propio o reparaciones y mejoras.
• La sumatoria del ingreso familiar no exceda ¢1.831.260,00.
• Ser costarricense o residencia permanente libre condición.
2. ¿El trámite de bono es gratis?
El bono de vivienda es una regalía del estado, sin embargo el trámite involucra gastos de formalización, los cuales deben ser aportados por el clientes o en casos específicos se le pueden financiar una parte por medio del subsidio.
3. ¿Qué es el ingreso familiar?
La suma del ingreso bruto de cada miembro del núcleo familiar. El mismo puede ser producto de ser asalariado, trabajador independiente, una pensión o ayuda voluntaria.
4. ¿Cómo me excluyo del bono de mi familia?
La exclusión depende de las características de cada caso, y la persona debe solicitarlo en la entidad que le otorgo el bono al núcleo inicial, y presentar una lista de requisitos para justificar porque se debe excluir.
5. Si ya tuve bono, ¿puedo pedir otro para mejoras?
Sí se puede tramitar un segundo bono, para los casos donde se había tramitado un bono ordinario, y actualmente algún miembro del núcleo posee alguna discapacidad y requiere adecuar la vivienda para mejorar la calidad de vida.
6. ¿Puedo vender o comprar una casa de bono?
Sí, pueden vender cuando hayan pasado los 10 años de limitaciones del BANHVI. También pueden comprar casas de bono.
7. ¿Qué debo hacer si veo que una casa otorgada con bono está abandonada?
La denuncia se debe generar ante la entidad que le otorgó el bono a esa familia.
8. ¿Para construir en patio o segunda planta, la casa debe ser de un familiar?
Sí, hasta tercer grado de consanguinidad.